En el Consejo de Dirección del pasado jueves 12 de junio fue nombrada la nueva directora del Organismo, Isabel Garcés. Como sabéis, anteriormente fue la directora de esta casa desde 2003 hasta 2011.
El mismo viernes 13 estuvimos reunidos con ella así que pasamos a comentar lo que tratamos.
Lo más importante fue la confirmación oficial de que la dirección del Organismo no ha presentado recurso a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que comentamos en la entrada del día 20 de mayo. Por tanto, la vigencia de nuestro Convenio queda ratificada por Sentencia Firme.
Diligencia de ordenación de archivo de actuaciones por SENTENCIA FIRME
Se abre un escenario en el que poder continuar, tal y como era nuestro deseo, con la negociación-renovación del Convenio sin que estuviera cuestionado el actual como fuente normativa de nuestras condiciones laborales.
En esta línea, le hemos entregado a la directora la plataforma de Convenio de los trabajadores/as,
aprobada en asamblea el pasado 19 de diciembre de 2013 como respuesta al planteamiento de la dirección del
Organismo, y que también habíamos
trasladado al anterior Vicepresidente Ejecutivo.
Así mismo, hemos solicitado de nuevo la aplicación del acuerdo de autoformación
aprobado en el ayuntamiento en 2013 y revisado en 2014, tal y como hemos
solicitado en anteriores ocasiones y se nos había negado por la
no-vigencia del convenio que ahora queda descartada.
Por lo demás, en la reunión con la directora hemos puesto en común nuestro diagnóstico sobre lo que han representado los últimos 3 años (cuestionamiento de la forma jurídica del Organismo por parte de la dirección, conflictividad derivada del Convenio, traslado de oficinas, nuevo sistema informático, problemas con las líneas telefónicas, ...) así como tratado diversos temas de la actualidad laboral en el Organismo (contratos de relevo, nuevas contrataciones, concursos de traslado ...).
Estamos como siempre a vuestra disposición para ampliar o comentar por los medios que queráis la información sobre esta reunión así como compartir con vosotros el acta de la misma una vez firmada.
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2014/05/20
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco sobre vigencia del Convenio
¡De nuevo nos han dado la razón! El pasado 26 de enero comentábamos que en primera instancia el Juzgado de lo Social de Bilbao declaraba vigente nuestro Convenio. El Ayuntamiento recurrió y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso.
La sentencia podéis leerla en el siguiente enlace:
SENTENCIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE CONVENIO DEL OAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO
Desde el punto de vista jurídico, desmonta uno por uno todos los argumentos del Ayuntamiento, legitimando nuestra posición defendiendo la validez del Convenio que firmamos en su día.
La pelota está ahora en el tejado del Ayuntamiento. Ellos deberán valorar si merece la pena enrocar este conflicto sin sentido que ellos han abierto, tras años con una dinámica de relaciones laborales positiva basada en la confianza mutua y el respeto a lo firmado, o continúan gastando un dinero en abogados que mejor sería destinar a la vivienda social.
Por nuestra parte, consideramos que es un buen momento para dar carpetazo a este asunto y poder dedicarnos a lo que queremos: trabajar para satisfacer de la mejor manera posible la necesidad de vivienda digna en régimen de alquiler en el municipio de Bilbao.
El pasado 20 de marzo falleció Iñaki Azkuna, alcalde y Presidente Nato de nuestro Organismo Autónomo. Trasladamos desde estas líneas nuestro respeto a su figura y persona, así como condolencias a su familia y amigos. Este triste desenlace ha tenido consecuencias en la organización municipal que nos han afectado directamente. El Vicepresidente Ejecutivo, Juan Félix Madariaga, ha sido nombrado Concejal Delegado de Acción Social, manteniendo la concejalía delegada de Recursos Humanos, con lo que en la práctica ha cesado en sus funciones directivas en Viviendas Municipales. A día de hoy no tenemos notificación oficial de cuáles son los planes del Ayuntamiento de cara a sustituir o no su figura. La cuestión es que estamos viviendo una circunstancia similar a la que se describía en el juicio del pasado 8 de enero, cuando se resaltaba el valor y la oportunidad del pacto de ultraactividad en los Convenios Colectivos de empresas como la nuestra, en las que en muchas ocasiones hay circunstancias que afectan a las negociaciones entre dirección y representantes del personal que dependen de factores ajenos al día a día de la organización, normalmente derivados de la propia dinámica electoral y política pero también por otras causas.
La sentencia podéis leerla en el siguiente enlace:
SENTENCIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE CONVENIO DEL OAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO
Desde el punto de vista jurídico, desmonta uno por uno todos los argumentos del Ayuntamiento, legitimando nuestra posición defendiendo la validez del Convenio que firmamos en su día.
La pelota está ahora en el tejado del Ayuntamiento. Ellos deberán valorar si merece la pena enrocar este conflicto sin sentido que ellos han abierto, tras años con una dinámica de relaciones laborales positiva basada en la confianza mutua y el respeto a lo firmado, o continúan gastando un dinero en abogados que mejor sería destinar a la vivienda social.
Por nuestra parte, consideramos que es un buen momento para dar carpetazo a este asunto y poder dedicarnos a lo que queremos: trabajar para satisfacer de la mejor manera posible la necesidad de vivienda digna en régimen de alquiler en el municipio de Bilbao.
El pasado 20 de marzo falleció Iñaki Azkuna, alcalde y Presidente Nato de nuestro Organismo Autónomo. Trasladamos desde estas líneas nuestro respeto a su figura y persona, así como condolencias a su familia y amigos. Este triste desenlace ha tenido consecuencias en la organización municipal que nos han afectado directamente. El Vicepresidente Ejecutivo, Juan Félix Madariaga, ha sido nombrado Concejal Delegado de Acción Social, manteniendo la concejalía delegada de Recursos Humanos, con lo que en la práctica ha cesado en sus funciones directivas en Viviendas Municipales. A día de hoy no tenemos notificación oficial de cuáles son los planes del Ayuntamiento de cara a sustituir o no su figura. La cuestión es que estamos viviendo una circunstancia similar a la que se describía en el juicio del pasado 8 de enero, cuando se resaltaba el valor y la oportunidad del pacto de ultraactividad en los Convenios Colectivos de empresas como la nuestra, en las que en muchas ocasiones hay circunstancias que afectan a las negociaciones entre dirección y representantes del personal que dependen de factores ajenos al día a día de la organización, normalmente derivados de la propia dinámica electoral y política pero también por otras causas.
2014/01/26
YA TENEMOS SENTENCIA!!
Y ha sido favorable. El juez ha estimado la demanda y ha declarado nula la decisión de la dirección del OAL y, en consecuencia, el Convenio Colectivo de Viviendas Municipales de Bilbao permanece plenamente vigente.
La sentencia íntegra se puede consultar en el siguiente enlace:
Sentencia sobre Vigencia del Convenio Colectivo del OAL Viviendas Municipales de Bilbao
Como ya anunciamos, la Asamblea de Trabajadores/as convocó un paro de hora y media el día del juicio, con un seguimiento por parte de la plantilla cercano al 90%. La sala de vistas estuvo llena de personal de Viviendas apoyando la demanda y que no perdió detalle del desarrollo del proceso, así como un representante del sindicato ESK.
De hecho, entre las diversas cuestiones que se pudieron escuchar y que provocaron diversas reacciones entre la plantilla, hubo una que fue más allá y generó una profunda indignación entre la mayoría de los presentes: escuchar al abogado de la empresa alegar que las y los trabajadores del OAL pretendían entrar en el Ayuntamiento por la puerta de atrás.
La sentencia íntegra se puede consultar en el siguiente enlace:
Sentencia sobre Vigencia del Convenio Colectivo del OAL Viviendas Municipales de Bilbao
Como ya anunciamos, la Asamblea de Trabajadores/as convocó un paro de hora y media el día del juicio, con un seguimiento por parte de la plantilla cercano al 90%. La sala de vistas estuvo llena de personal de Viviendas apoyando la demanda y que no perdió detalle del desarrollo del proceso, así como un representante del sindicato ESK.
De hecho, entre las diversas cuestiones que se pudieron escuchar y que provocaron diversas reacciones entre la plantilla, hubo una que fue más allá y generó una profunda indignación entre la mayoría de los presentes: escuchar al abogado de la empresa alegar que las y los trabajadores del OAL pretendían entrar en el Ayuntamiento por la puerta de atrás.
En Viviendas Municipales ya somos
trabajadores de la Administración Pública (aunque no seamos
funcionarios). Nuestros puestos de trabajo se han obtenido superando
Oposiciones en Oferta Pública de Empleo como en el Ayuntamiento. Queremos que siga siendo así,
que en Viviendas (y en toda la Administración) se cree empleo
público de calidad y que se provisione de acuerdo a esos cuatro sencillos
principios: Publicidad, Igualdad, Mérito y Capacidad.
2014/01/07
Convocatoria paro el día 8/01/2014
Con motivo de la celebración del
juicio en defensa de la vigencia del Convenio, la Asamblea de Trabajadores/as acordó el pasado 19 de diciembre de 2013 la
convocatoria de paro el día 8 de enero de 2014 entre las
12:30 y las 14.00 horas.
El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao rechazó en sesión celebrada el 27/06/2013 la reforma laboral, si bien la dirección del OAL Viviendas Municipales de Bilbao comunicó en octubre a los representantes de los trabajadores que el convenio había perdido su vigencia por la citada reforma laboral. Tras la ratificación de esa declaración en reuniones posteriores la plantilla de Viviendas Municipales, apoyada por el sindicato ESK, planteó la demanda judicial en defensa de la vigencia del Convenio Colectivo cuya vista se celebrará mañana.
El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao rechazó en sesión celebrada el 27/06/2013 la reforma laboral, si bien la dirección del OAL Viviendas Municipales de Bilbao comunicó en octubre a los representantes de los trabajadores que el convenio había perdido su vigencia por la citada reforma laboral. Tras la ratificación de esa declaración en reuniones posteriores la plantilla de Viviendas Municipales, apoyada por el sindicato ESK, planteó la demanda judicial en defensa de la vigencia del Convenio Colectivo cuya vista se celebrará mañana.
2013/12/10
CRÓNICA DE UNA DEMANDA JUDICIAL EN DEFENSA DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO
El pasado jueves 5 de
diciembre llegó a las oficinas de Viviendas Municipales la citación
a la empresa para asistir como parte demandada en el juicio a
celebrar el próximo 8 de enero de 2014.
El juicio responde a
la demanda planteada por los servicios jurídicos de ESK en respuesta
a la comunicación de la dirección el pasado 17 de octubre
informando de la pérdida de vigencia del convenio colectivo desde el
7 de julio.
TODOS los pasos que hemos dado los delegados de personal y que reseñamos a continuación han sido decididos en las Asambleas de Trabajadores/as realizadas periódicamente, aprobados de forma mayoritaria (prácticamente unánime).
TODOS los pasos que hemos dado los delegados de personal y que reseñamos a continuación han sido decididos en las Asambleas de Trabajadores/as realizadas periódicamente, aprobados de forma mayoritaria (prácticamente unánime).
La cronología de los
acontecimientos ha sido la siguiente:
27/06/2013: El
Ayuntamiento de Bilbao en acuerdo de pleno “reitera su
rechazo a la última reforma laboral”. Este acuerdo fue
celebrado por toda la plantilla pues entendíamos que aseguraba, aún
más si cabía, un escenario de tranquilidad y estabilidad para todos
los y las trabajadoras del Organismo Autónomo.
17/10/2013: En
reunión mantenida con la dirección se nos comunica que “el
Convenio está caducado desde el 7 de julio” (en virtud de
la “reforma laboral”???????). En ese momento la incredulidad
entre toda la plantilla es máxima teniendo en cuenta el acuerdo de
27/06/2013 así como el propio articulado del Convenio:
“Artículo 2.-
El presente Convenio
estará vigente desde el 1
de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2009.
Por lo tanto, su duración será de 3 años. No
obstante, se entenderá prorrogado
expresa, temporal y accidentalmente, hasta la entrada en vigor de uno
nuevo que lo sustituya.
(…)
El personal del
Organismo disfrutará de las mejoras de todo tipo que se fijen en el
Excmo. Ayto. de Bilbao, sin
perjuicio de su ajuste,
cuando se llegue al acuerdo del nuevo convenio.”
8/11/2013 : Los
delegados de personal, previo acuerdo de la Asamblea, solicitamos la reunión del Comité
Paritario de Vigilancia e Interpretación del Convenio (3
consejeros/as y los 3 delegados/as) para aclarar las dudas generadas
respecto a la vigencia o no del Convenio Colectivo. Los delegados
entendemos que el artículo 2 del mismo anteriormente reseñado, así como varias referencias más en otros artículos,
recogen de forma expresa el pacto de vigencia del Convenio hasta la
firma de uno nuevo que lo sustituya y el ámbito de regulación de las condiciones laborales de la plantilla de Viviendas en ese espacio temportal de una forma suficientemente
clara, por lo que no entendemos la manifestación de la dirección.
14/11/2013: Tras designar el Consejo de Dirección los 3
consejeros/as que considera oportuno, se celebra la reunión del
Comité Paritario el día 14 de noviembre después de la propia
reunión del Consejo de Dirección. La empresa se ratifica en la
no vigencia del Convenio manifestando su voluntad de firmar uno
nuevo que lo sustituya. Los delegados, aunque también consideramos
el mejor escenario la firma de un nuevo Convenio, apuntamos que en la
actualidad hay puntos de desencuentro que no lo posibilitan, si bien la negociación no está cerrada. En
cualquier caso, consideramos que son discusiones diferentes y que la
no firma de un nuevo acuerdo no justifica el que se quiera dejar sin
valor el anterior.
18/11/2013: ESK, siguiendo el mandato de la Asamblea, solicita Conciliación en el Preco para
intentar lograr avenencia respecto a la vigencia del Convenio. Así
mismo presenta Conflicto Colectivo en el Juzgado Social de Bizkaia,
demanda que siempre podría ser retirada en caso de avenencia en el
Preco.
5/12/2013: Se celebra el encuentro del Preco, que finaliza
sin avenencia. Como recoge el
acta del mismo “la
representación de Viviendas Municipales de Bilbao, O.A.L. se opone a
la reclamación por entender que con la legislación vigente, el
convenio de empresa ha caducado y manifiesta que pretende llegar con
la representación legal del personal a la firma de un nuevo
convenio”. De nuevo se mezclan los conceptos, es decir, una
cosa es la negociación de cara a la firma de un nuevo convenio y otra
la vigencia del anterior. Entendemos que son discusiones que no se
han de poner en la misma mesa.
Esta es la situación en la que vamos a pasar las navidades, a la
espera de que se celebre el juicio el próximo día 8 de enero.
Entre las muchísimas cosas incomprensibles de toda esta historia, la
mayoría no reseñadas en este breve resumen, quizás la que más
llama la atención es la incoherencia entre el acuerdo con el que
arranca la cronología, por el que se rechaza la reforma laboral por
parte del Pleno del Ayuntamiento con los votos a favor de PNV, PSE y
Bildu, y el empleo de esa misma rechazada reforma por parte de la
dirección (PNV) como argumento para justificar la pérdida de vigencia de
nuestro convenio actual. Desde el mismo día 17 de octubre los trabajadores hemos intentado explorar todas las vías posibles de acuerdo para no tener que llegar a este escenario, si bien ante la reiterada negativa a reconocer la vigencia del Convenio no nos ha quedado otro remedio que acudir a la vía judicial.
2013/07/08
Negociación de Convenio III. Tras el acuerdo del Pleno.
Tras el acuerdo del
pleno del Ayuntamiento reseñado en la entrada de 28 de junio, donde
éste se
manifestaba mayoritariamente a favor de la defensa de la
ultraactividad de los Convenios al tiempo que asumía el compromiso
de no aplicación en las empresas municipales de cláusulas que
anulen las condiciones de trabajo, se abre un nuevo panorama en la
negociación del Convenio de Viviendas, donde se puede afrontar la
discusión de cada punto con tranquilidad y sin presiones.
Tras el 7 de julio
pocas cosas cambian. Seguimos con nuestro Convenio prorrogado, en
principio por su propio articulado y, por otra parte, por la voluntad
manifestada por el pleno del Ayuntamiento anteriormente comentada.
La reforma de la
Negociación Colectiva presenta posibilidades nuevas para las
empresas como, por ejemplo, los descuelgues parciales. Pero esos
descuelgues, en cualquier caso, no son automáticos, sino sujetos a
determinadas circunstancias. El hecho de firmar deprisa un nuevo
convenio no garantiza que, de producirse las circunstancias que
habilitan a una empresa para el descuelgue, éste no se vaya a
producir. El descuelgue se basa exclusivamente en la voluntad de una
de las partes, la empresa, que quiere dejar de cumplir parte de lo
firmado en el Convenio.
Entendemos que en
el espíritu y en la letra de lo
acordado por el pleno está la defensa de los convenios en su
integridad y no el dejar la puerta abierta a los descuelgues.
Pero si ese no fuera el caso, repetimos que firmar un nuevo Convenio
sin la suficiente reflexión de todos sus puntos no nos protegería
de esa eventualidad.
Por nuestra parte,
desde ESK seguimos defendiendo que NINGUNO de los dos puntos de
discrepancia con la dirección son objeto de negociación en
convenio. No se trata de artículos que afecten a una mejora o
perjuicio en las condiciones salariales, de jornada, permisos, ...
sino que son puntos que ponen en jaque la propia naturaleza de
nuestra relación laboral como personal de la Administración
Pública. Son puntos que seguimos sin
entender por qué están sobre la mesa. Son un punto y seguido de
todas las situaciones incomprensibles que estamos viviendo en esta
legislatura y que siguen sin ser explicadas a los delegados/as de
personal de Viviendas y, por extensión, al personal del OAL.
Como siempre,
estamos a vuestra disposición para profundizar en estos y cuantos
temas sean de vuestro interés. Os animamos a participar en el blog a
través de comentarios que serán publicados en la medida de lo
posible. En cualquier caso, el contenido de los comentarios será
expuesto en el tablón de anuncios de Viviendas lo antes posible.
2013/06/15
NEGOCIACIÓN CONVENIO II: BLOQUEO
Como decimos en el título, ahora mismo el tema
está bloqueado. En la asamblea informativa celebrada ayer jueves en
nuestras oficinas ya lo explicamos. En la mayoría del articulado no hay
ningún tipo de divergencias: mantenemos la homogeneización con todas las
condiciones laborales de los funcionarios del ayuntamiento, como
venimos haciendo desde el año 2000 a las duras y a las maduras, para las
ventajas sociales y subidas de sueldo que había antes de que Sauron
impusiera su ley así como para las congelaciones y bajadas de
retribuciones que se han sucedido en los últimos años. No hay nada nuevo
bajo el sol, es continuar con lo que YA TENÍAMOS pero eso sí, PERDIENDO
en el articulado que nos proponen las flexibilidades o pequeñas
ventajas que veníamos disfrutando derivadas del hecho de que no es lo
mismo gestionar a las 45 personas que formamos el OAL Viviendas
Municipales de Bilbao que trabajar con los aproximadamente 2.500
funcionarios del ayuntamiento.
Pero ahora viene donde la matan. El ayuntamiento nos quiere imponer dos artículos que tenemos claro que no son objeto de negociación: el referente a la movilidad del personal y el que regula la desaparición del OAL. El propósito de la celebración de la asamblea era contrastar con el resto del personal que la línea por la que estamos apostando en esta negociación es la que todo el mundo o al menos la mayoría de los y las trabajadores/as del OAL tienen clara. Y en ese sentido salimos reforzados y con las ideas más claras si cabe.
Lo que está en juego es nuestra propia naturaleza de empleados de la Administración Pública. Y en esta negociación donde lo que se nos ofrece desde la primera mayúscula hasta el último punto en ningún aspecto mejora lo que ya recoge nuestro convenio actual, no vamos a ceder en aspectos en los que la propia legislación nos da la razón.
Seguiremos informando. Como siempre, os invitamos a reflejar vuestras opiniones.
Pero ahora viene donde la matan. El ayuntamiento nos quiere imponer dos artículos que tenemos claro que no son objeto de negociación: el referente a la movilidad del personal y el que regula la desaparición del OAL. El propósito de la celebración de la asamblea era contrastar con el resto del personal que la línea por la que estamos apostando en esta negociación es la que todo el mundo o al menos la mayoría de los y las trabajadores/as del OAL tienen clara. Y en ese sentido salimos reforzados y con las ideas más claras si cabe.
Lo que está en juego es nuestra propia naturaleza de empleados de la Administración Pública. Y en esta negociación donde lo que se nos ofrece desde la primera mayúscula hasta el último punto en ningún aspecto mejora lo que ya recoge nuestro convenio actual, no vamos a ceder en aspectos en los que la propia legislación nos da la razón.
Seguiremos informando. Como siempre, os invitamos a reflejar vuestras opiniones.
2013/05/29
NEGOCIACIÓN CONVENIO
En este mes de mayo hemos comenzado la negociación para firmar el nuevo convenio de los trabajadores/as del OAL Viviendas Municipales de Bilbao.
La empresa nos ha entregado una propuesta de partida sobre la que empezar a trabajar. Actualmente nos encontramos en una primera fase de estudio de la misma. Próximamente les devolveremos la misma con nuestros puntos de vista. Será el momento de consensuar la plataforma definitiva que, en última instancia y como en anteriores ocasiones hemos hecho, habrá de aprobar la Asamblea de Trabajadores/as.
Para mayor información, estamos a vuestra disposición como siempre. Os podemos adelantar que aunque en un porcentaje amplio de artículos del convenio no tendremos ninguna pega para ponernos de acuerdo, hay algunos puntos en la propuesta de la dirección que a día de hoy impedirían la firma del convenio. En cualquier caso estamos seguros de que nuestras aportaciones, las cuales consideramos de sentido común, no serán difíciles de asumir por parte de la dirección.
La empresa nos ha entregado una propuesta de partida sobre la que empezar a trabajar. Actualmente nos encontramos en una primera fase de estudio de la misma. Próximamente les devolveremos la misma con nuestros puntos de vista. Será el momento de consensuar la plataforma definitiva que, en última instancia y como en anteriores ocasiones hemos hecho, habrá de aprobar la Asamblea de Trabajadores/as.
Para mayor información, estamos a vuestra disposición como siempre. Os podemos adelantar que aunque en un porcentaje amplio de artículos del convenio no tendremos ninguna pega para ponernos de acuerdo, hay algunos puntos en la propuesta de la dirección que a día de hoy impedirían la firma del convenio. En cualquier caso estamos seguros de que nuestras aportaciones, las cuales consideramos de sentido común, no serán difíciles de asumir por parte de la dirección.
2013/02/07
Zuzendaritza berriarekin batzarra
El final del año 2012 y comienzo del presente 2013 nos ha
traído un nuevo relevo en la dirección del Organismo Autónomo. Así, se han
despedido de nosotros Ricardo Barkala como presidente y Marcos Muro como
director, comenzando ambos una nueva andadura en el gobierno Vasco.
Les sustituyen Eduardo Maiz en la presidencia y Juan Félix
Madariaga como “vicepresidente ejecutivo”. Hoy día 7 de febrero los representantes
sindicales de Viviendas hemos mantenido una primera toma de contacto con la
dirección en la que se han abordado de forma general distintos temas de
actualidad aunque sin profundizar demasiado en ningún aspecto si bien, entre
otras cosas, ha dado tiempo a poner sobre la mesa un repaso al principal
desencuentro que mantuvimos con la dirección anterior así como a reivindicar el
cumplimiento del artículo 38 de los estatutos del Organismo en el hipotético
caso de que fuera necesario.
Próximamente nos reuniremos de nuevo para abordar en
profundidad las modificaciones que puedan surgir en la Relación de Puestos de
Trabajo y su adecuación al organigrama sugerido por la consultora Uliker. Después procederemos a
una información más detallada a toda la plantilla sobre todos los aspectos que
se traten.
2012/06/07
Reflexiones a 7/6/2012
El
pasado viernes la dirección de Viviendas nos convocó a los delegados a una
reunión en la que exponer diversos temas.
Comenzó
el Director General haciendo un resumen de lo que estaba siendo el año, con los
aspectos positivos a destacar, que los hay, haciendo hincapié en cómo diversos puntos
del plan de actuación derivado del plan estratégico se iban cumpliendo.
Evidentemente,
desde ESK consideramos que todo aquello que mejore la gestión y la calidad del
servicio público que presta Viviendas Municipales es positivo en dos sentidos:
el primero por lo que implica en seguridad para los trabajadores el pertenecer
a una empresa pública que funciona y que
tiene presente y futuro; el segundo, la apuesta por la Vivienda Pública de
Alquiler se ve reforzada con una gestión que proporciona un beneficio económico que revierte en el
mantenimiento y promoción del patrimonio, y
social por su contribución a la satisfacción de la demanda de vivienda, así
como a mejorar la calidad de vida de muchos colectivos desfavorecidos.
Dicho
esto, hay aspectos de esa reunión que, una vez más, nos dejaron totalmente
descolocados y que sería conveniente analizar de nuevo más despacio.
Cuando
hablamos de renovación de contratos
temporales no podemos sino alegrarnos por la apuesta por el empleo que
representa. Pero esa apuesta no puede ni debe ser pervertida. Siempre hay dos formas de
hacer las cosas: una buena y otra no tan buena o incluso mala.
Los
contratos temporales, sean por obra o por lo que sea, han de realizarse con
mucho tino en la Administración Pública, ciñéndose a las modalidades previstas. Por otra parte, según la Ley de Función Pública Vasca, no podrán celebrarse
contratos laborales indefinidos para la cobertura de plazas que no estuvieran
comprometidas en la oferta de empleo, ni
con personal que no hubiera sido seleccionado conforme a los procedimientos
establecidos en la presente Ley. Cualquier contratación realizada en
esos términos sería IMPUGNABLE. Por
decirlo de otra manera, si en un ejercicio de paternalismo alguien decidiera
hacer indefinida a una persona en un puesto fuera de la RPT, debería
rescindirse el contrato mediante despido improcedente, con el coste que ello representaría, tanto en lo económico para las arcas públicas, como en lo personal para el trabajador/a que tuviera que sufrir esa situación de falsas expectativas cuando, desde el primer momento, todo el mundo sabe cómo se debe proceder en la Administración Pública para la consolidación del empleo y provisión definitiva de plazas ocupadas de forma temporal. De la misma manera, si se creara el puesto
en la RPT y se provisionara a dedo, sería impugnable.
Desde
ESK consideramos una responsabilidad garantizar que el trabajo en la
Administración Pública se ofrece en igualdad de oportunidades a todas las
personas. Es por ello que hemos hecho especial incidencia en la aplicación de criterios claros en la
gestión de la contratación temporal para no dar lugar a ningún tipo de
enchufismo. Estos criterios existen en nuestra “casa madre”, el Ayuntamiento, y
ya hace bastantes años que en Viviendas pusimos por escrito la traslación de los
mismos a la gestión de nuestras necesidades de contratación temporal.
De
manera análoga, consideramos que si se crea un puesto nuevo en la empresa tiene
que ser siempre con un camino claro: MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE
TRABAJO, en la forma necesaria en cada caso, y PROVISIÓN DE LA PLAZA de
cualquiera de las formas previstas que garanticen los principios de PUBLICIDAD,
IGUALDAD, MÉRITO y CAPACIDAD.
Parece
ser que la dirección tiene intención de crear un puesto nuevo y nos ha trasladado que ya ha sido aprobado en el
CONSEJO DE DIRECCIÓN. Según nos informaron en su día, el método era la creación
en la RPT de la nueva plaza con sus características y, como contrapartida, la
amortización de otra de las plazas existentes, cualquiera de las que están sin
ocupar hoy en día por no haberlas sacado a Oferta Pública de Empleo por la “crisis”,
o bien la que quedase libre al conseguir ese puesto algún compañero/a vía
promoción interna.
Pero
en la última reunión con la dirección parecía haber un cambio de criterio.
Entendemos que el Consejo de Dirección del Organismo aprobó la propuesta de
modificación de RPT en los términos iniciales. Es decir, no creemos que el
Consejo otorgue su visto bueno a una creación de una plaza que no se vea
reflejada en la RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.
Desde
luego, nuestra actitud ante esa eventualidad sería de denuncia pública e
impugnación, con el respaldo de la Asamblea de Trabajadores. Pero lo más
probable es que lo del cambio de criterio sea un malentendido… Sería un gran
contrasentido todo el detallismo con el que se está llevando a cabo la prueba
para cubrir la baja del técnico de mantenimiento para luego pretender crear un
nuevo puesto, por muy importante que sea, de forma poco clara.
Como siempre, desde ESK os animamos a que expongáis vuestras opiniones sobre estos temas, siempre desde el respeto a todas las personas. Así mismo, ya sabéis dónde nos podéis encontrar para cualquier comentario que nos queráis realizar.
Como siempre, desde ESK os animamos a que expongáis vuestras opiniones sobre estos temas, siempre desde el respeto a todas las personas. Así mismo, ya sabéis dónde nos podéis encontrar para cualquier comentario que nos queráis realizar.
2012/02/23
Ayer
celebramos los trabajadores y trabajadoras del OAL Viviendas Municipales
de Bilbao una Asamblea en la que poner en común las inquietudes de la
plantilla tras la presentación del plan estratégico, nuevo organigrama y
reunión con dirección-presidente.
Tras comentar los delegados la convocatoria de huelga general para
el próximo 29 de marzo, así como la manifestación para el sábado por el
mismo motivo, a la que animamos a toda la plantilla a acudir, y después de un debate en el que se expusieron por parte de distintos trabajadores/as diversas opiniones no enfrentadas, sino aportando
matices y distintos puntos de vista a una idea compartida en sus aspectos principales, los trabajadores acordamos:
1. Solicitar a la dirección que para futuras ocasiones en las que plantee una reunión de la dirección (bien director general, presidente o ambos) con todos los trabajadores, no se planteen turnos distintos y se haga una ÚNICA reunión.
2. Solicitar por escrito a la dirección el INFORME COMPLETO realizado por la empresa ULIKER, el cual ha dado lugar a las conclusiones y nuevo organigrama por ellos presentados.
3. Recurrir a asesoría jurídica especializada para analizar todas las posibilidades que se plantean a los trabajadores ante la reforma del organigrama y nuevos puestos que aparecen ocupados por personal externo y, así mismo, ante un posible cambio de forma jurídica planteado en el plan estratégico (reforzando el informe previo realizado por los servicios jurídicos de ESK por este motivo, del que a su vez se dio cuenta a la Asamblea).
2012/02/21
Reunión de Presidente y Dirección con los trabajadores
El pasado jueves el Presidente de este Organismo se reunió con los trabajadores de la empresa, distribuidos en dos turnos. El motivo de la reunión era principalmente dar cuenta de la aprobación en Consejo del nuevo Plan Estratégico así como presentar la nueva estructura organizativa y organigrama.
Como punto positivo de esa reunión nos quedamos con la postura general del Presidente favorable al respeto y la defensa de todos los derechos de los trabajadores, máxime en una época de dura crisis económica internacional, declaración de principios que consideramos de agradecer.
Dicho esto, en lo relativo al punto del aprobado Plan Estratégico referente a la posibilidad de transformación de la forma jurídica, nos encontramos exactamente en el mismo punto de hace unos meses: es una decisión que no nos atañe ante la que simplemente como colectivo expresamos nuestra opinión (ver escrito a los consejeros publicado con fecha 1/12/2011). En caso de pretender llevarla a cabo, nos remitimos a los Estatutos y Convenio donde se refleja como en caso de disolución o reestructuración de la empresa el personal pasaría a laboral del Ayuntamiento, con un vínculo jurídico idéntico al que tenemos siendo trabajadores de un OAL, y distinto al de un EPEL (siendo esta última simplemente una forma de empresa pública, mientras que el OAL es una empresa pública y su personal es de la administración pública). Los informes jurídicos recabados hasta el momento apoyan esta postura y la posibilidad de utilizar todas las vías, incluida la judicial, para su defensa.
De hecho, alguna diferencia hay en la gestión del personal entre un ente publico de derecho privado (como el EPEL) y un Organismo Autónomo cuando precisamente el PNV está denunciando cómo en LANBIDE se contrataron 86 personas siendo un ente público antes de su transformación en Organismo Autónomo.
http://www.deia.com/2012/02/20/economia/zabaleta-admite-que-lanbide-contrato-a-86-orientadores-dos-dias-antes-del-cambio-de-ley
Respecto al tema del nuevo organigrama y la llegada de "personal excedente" de Bilbao Ekintza, sigue habiendo preguntas sin resolver:
Como punto positivo de esa reunión nos quedamos con la postura general del Presidente favorable al respeto y la defensa de todos los derechos de los trabajadores, máxime en una época de dura crisis económica internacional, declaración de principios que consideramos de agradecer.
Dicho esto, en lo relativo al punto del aprobado Plan Estratégico referente a la posibilidad de transformación de la forma jurídica, nos encontramos exactamente en el mismo punto de hace unos meses: es una decisión que no nos atañe ante la que simplemente como colectivo expresamos nuestra opinión (ver escrito a los consejeros publicado con fecha 1/12/2011). En caso de pretender llevarla a cabo, nos remitimos a los Estatutos y Convenio donde se refleja como en caso de disolución o reestructuración de la empresa el personal pasaría a laboral del Ayuntamiento, con un vínculo jurídico idéntico al que tenemos siendo trabajadores de un OAL, y distinto al de un EPEL (siendo esta última simplemente una forma de empresa pública, mientras que el OAL es una empresa pública y su personal es de la administración pública). Los informes jurídicos recabados hasta el momento apoyan esta postura y la posibilidad de utilizar todas las vías, incluida la judicial, para su defensa.
De hecho, alguna diferencia hay en la gestión del personal entre un ente publico de derecho privado (como el EPEL) y un Organismo Autónomo cuando precisamente el PNV está denunciando cómo en LANBIDE se contrataron 86 personas siendo un ente público antes de su transformación en Organismo Autónomo.
http://www.deia.com/2012/02/20/economia/zabaleta-admite-que-lanbide-contrato-a-86-orientadores-dos-dias-antes-del-cambio-de-ley
Respecto al tema del nuevo organigrama y la llegada de "personal excedente" de Bilbao Ekintza, sigue habiendo preguntas sin resolver:
- ¿Cuál es el "personal excedente" de Bilbao Ekintza? ¿Cuántas personas?
- ¿Qué informe lo ha determinado?
- ¿Se va a integrar parte de ese "excedente" en otras empresas municipales, incluidas aquellas en las que a priori parecería más sencilla esa integración (Sociedades Anónimas municipales, es decir, sociedades públicas de derecho privado, al igual que Bilbao Ekintza) o van a venir todos al OAL Viviendas Municipales mediante "convenios"?
Este es un tema ante el que, desde que se planteó, los delegados de personal hemos estado abiertos y con predisposición a la colaboración, pero con el que pasan las semanas y no vemos ninguna concreción ni explicación más allá de los hechos consumados.
2012/02/14
Recorte de prensa: aprobación del plan estratégico hasta 2015
http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120214/vizcaya/viviendas-municipales-lanza-plan-20120214.html
Según aparece publicado en el diario "El Correo" en el día de hoy, el Consejo de Dirección celebrado ayer en nuestras oficinas aprobó el nuevo plan estratégico con los votos a favor del PNV, voto en contra de PP y Bildu y la abstención del PSE.
A falta de que nos informen sobre el contenido de dicho plan, del cual sólo sabemos que existe y sobre sus líneas estratégicas conocemos lo que aparece hoy en prensa, hay aspectos que no nos gustan.
Lo primero y más importante, el secretismo con el que se está llevando todo este proceso.
En segundo lugar, referente al contenido mismo del plan, sí consideramos importante que a la hora de decidir cuál va a ser la hoja de ruta de la organización (lo que es en última instancia el plan estratégico), la reorganización del personal, etc. se cuente con la plantilla y no sólo con consultoras externas.
Por otra parte, según reseña la noticia, sigue reflejado el tema del cambio de forma jurídica. Sabemos que no es nuestra decisión aunque ya hemos manifestado claramente nuestra posición. En cualquier caso, el Presidente aseguró en su día que no habría un cambio de ese estilo "en contra de todos", según las declaraciones que recogía El Correo en su edición del pasado 3 de diciembre de 2011:
Según aparece publicado en el diario "El Correo" en el día de hoy, el Consejo de Dirección celebrado ayer en nuestras oficinas aprobó el nuevo plan estratégico con los votos a favor del PNV, voto en contra de PP y Bildu y la abstención del PSE.
A falta de que nos informen sobre el contenido de dicho plan, del cual sólo sabemos que existe y sobre sus líneas estratégicas conocemos lo que aparece hoy en prensa, hay aspectos que no nos gustan.
Lo primero y más importante, el secretismo con el que se está llevando todo este proceso.
En segundo lugar, referente al contenido mismo del plan, sí consideramos importante que a la hora de decidir cuál va a ser la hoja de ruta de la organización (lo que es en última instancia el plan estratégico), la reorganización del personal, etc. se cuente con la plantilla y no sólo con consultoras externas.
Por otra parte, según reseña la noticia, sigue reflejado el tema del cambio de forma jurídica. Sabemos que no es nuestra decisión aunque ya hemos manifestado claramente nuestra posición. En cualquier caso, el Presidente aseguró en su día que no habría un cambio de ese estilo "en contra de todos", según las declaraciones que recogía El Correo en su edición del pasado 3 de diciembre de 2011:
"Aunque el PNV tiene mayoría absoluta, Barkala dijo que no es su intención aprobar la medida «con todos en contra» y abrió un compás de espera. "
http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20111203/vizcaya/trabajadores-viviendas-municipales-defienden-20111203.html2012/02/08
Los delegados informan: Reunión con la dirección celebrada el 8/02/2012
Esta mañana a las 13:15 horas nos hemos reunido con la dirección de Viviendas, donde se nos ha informado de que el próximo lunes se celebrará Consejo de Dirección en el que se les presentará a los consejeros para su aprobación el nuevo plan estratégico. Dentro del mismo y, como tema que más afecta a la plantilla del OAL, se nos ha comunicado que se va a presentar el nuevo proyecto de organigrama para la organización, realizado por la empresa ULIKER. Destaca la creación de un nuevo área de Gestión Patrimonial que agrupará procesos actualmente dependientes de otras áreas.
Dentro de lo que se nos ha comunicado, también destaca la llegada de un nuevo Técnico y posiblemente de un abogado, sin que se nos haya detallado el soporte legal bajo el que se van a encuadrar estos movimientos.
En cualquier caso, según nos han comentado, si bien es un proyecto que está definido en sus líneas principales, parece que todavía no está detallado al 100%.
Nos pasarán la documentación tras la celebración del Consejo el lunes 13 de febrero.
Para explicaciones más detalladas, dentro de la poca profundidad con la que se ha tratado el tema, los delegados quedamos a disposición de todos los compañeros/as.
Así mismo, como siempre, os invitamos a que compartáis vuestras valoraciones y/o inquietudes haciendo click en "comentarios".
Dentro de lo que se nos ha comunicado, también destaca la llegada de un nuevo Técnico y posiblemente de un abogado, sin que se nos haya detallado el soporte legal bajo el que se van a encuadrar estos movimientos.
En cualquier caso, según nos han comentado, si bien es un proyecto que está definido en sus líneas principales, parece que todavía no está detallado al 100%.
Nos pasarán la documentación tras la celebración del Consejo el lunes 13 de febrero.
Para explicaciones más detalladas, dentro de la poca profundidad con la que se ha tratado el tema, los delegados quedamos a disposición de todos los compañeros/as.
Así mismo, como siempre, os invitamos a que compartáis vuestras valoraciones y/o inquietudes haciendo click en "comentarios".
2012/01/19
Externalización de la nómina
Ante la noticia de la pretensión de externalizar la elaboración de las nóminas de los trabajadores de Viviendas Municipales, los delegados de personal manifestamos nuestro rechazo a esa medida.
La opinión de la empresa es que con esta decisión se conseguiría:
Consideramos que en la actual coyuntura económica no es entendible el tener que asumir un gasto por algo que actualmente no representa ningún esfuerzo extra para la organización.
Esta es nuestra opinión. ¿Cuál es la tuya?
La opinión de la empresa es que con esta decisión se conseguiría:
- Facilitar a "los de arriba" tener la información con una llamada en vez de con siete.
- Que los trabajadores del área de RRHH se dediquen a tareas que aportan más valor.
- Y que podría haber otros motivos que los trabajadores no tenemos porqué conocer.
Consideramos que en la actual coyuntura económica no es entendible el tener que asumir un gasto por algo que actualmente no representa ningún esfuerzo extra para la organización.
Esta es nuestra opinión. ¿Cuál es la tuya?
2012/01/12
Reseña del Consejo de Ministros celebrado el 5/01/2012
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2012/refc20120105.htm
Destaca el párrafo:
Destaca el párrafo:
Medidas de control del gasto gestionado por el sector público instrumental
En este grupo se incluyen medidas que pretenden frenar y reconducir la "huida del derecho administrativo" que se ha producido en la gestión de los servicios públicos, en los últimos años.
Propuestas
- Reorientar la organización del sector público hacia fórmulas jurídicas sometidas en su gestión al derecho administrativo y control presupuestario, en todas aquellas actividades en las que su naturaleza lo permita sin menoscabo de la necesaria agilidad y eficiencia. Este sometimiento al régimen jurídico-económico público abarcaría aspectos como la aplicación de los procedimientos propios del régimen de contratación de las administraciones públicas, la fiscalización de los actos de contenido económico, el carácter limitativo y vinculante de sus presupuestos y el registro de su actividad con arreglo a los principios y normas propios de la contabilidad pública.
- Establecimiento de un mecanismo de control/información previo de los gastos gestionados mediante encomiendas de gestión y fórmulas de asociación público-privadas.
2011/12/01
Escrito de los trabajadores al Consejo de Dirección del OAL Viviendas Municipales de Bilbao
SEÑORAS Y SEÑORES CONSEJEROS/AS DEL
ORGANISMO AUTONOMO LOCAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO
Ante la noticia de un posible cambio en la forma jurídica del OAL Viviendas Municipales de Bilbao los trabajadores del mismo, quienes hemos cumplido en todos los casos la legalidad vigente para el acceso a personal al servicio de la Administración Pública, manifestamos que, en caso de llevarse a cabo el citado cambio, nos acogemos al artículo 38 de los estatutos del Organismo como forma de seguir manteniendo la naturaleza de nuestros puestos de trabajo en el ámbito del derecho administrativo. El enunciado literal, como ya saben, dice lo siguiente:
Artículo 38.—Sucesión
Acordada la disolución del Organismo, el Ayuntamiento le sucederá universalmente y su patrimonio, con todos los incrementos y aportaciones que figuren en el activo, revertirá a la Corporación Municipal y se incorporará a su Inventario de Bienes.
En tal supuesto de disolución o reestructuración del Organismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores o normativa que lo sustituya, el personal empleado del mismo pasará a depender del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao como personal laboral con contrato indefinido o fijo en función de la condición que ostentara en el Organismo, con respeto en todo caso a lo establecido en la normativa reguladora de la Función Pública
La dirección del Organismo, tanto a través de su Director General como del Presidente, ha transmitido a los representantes del personal su posición de respeto a los derechos de los trabajadores y su planteamiento compartido de defensa del vigente Convenio, en cuya negociación se trabajó por equiparar todo el articulado a lo recogido en el Acuerdo Institucional Sindical del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, como mejor norma que regule las relaciones laborales en Viviendas Municipales, por lo que consideramos que el cumplimiento del citado artículo de los estatutos, con reflejo en el artículo 29 del Convenio, no debería resultar conflictivo.
En cualquier caso, aprovechando la oportunidad, quisiéramos exponer nuestra defensa de la actual forma jurídica de Viviendas Municipales.
Según se nos ha transmitido, la opción de reestructuración del OAL a Ente Público Empresarial Local viene de una reflexión de cara a unificar criterios de gestión, modernización y flexibilización en las empresas municipales.
El camino hacia EPEL (cuyo régimen jurídico se rige por el derecho privado, tomando como fuente el artículo 5 de los estatutos del Ente de reciente creación Bilbo Ekintza) de otras Sociedades Municipales que ya se desenvolvían en muchos aspectos de su gestión en ese ámbito del derecho, no lo vemos comparable al de un Organismo como Viviendas Municipales, figura sometida principalmente al derecho administrativo. De la misma manera, el acceso de los y las trabajadores/as de esas Sociedades a su puesto de trabajo puede no haber cumplido los requisitos de la Ley de Función Pública Vasca o legislación en vigor en su momento, como sí ha ocurrido en el Organismo y consideramos que por justicia y transparencia así debería continuar.
LEY 6/1989 DE FUNCIÓN PÚBLICA VASCA Artículo 25.
1. Las Administraciones Públicas Vascas seleccionarán su personal, funcionario o laboral, mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición libres, en los que se garanticen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
VER ARTÍCULO 4º CONVENIO VIVIENDAS MUNICIPALES: Vacantes, ascensos y nuevos ingresos.
Según tenemos entendido, las diferencias ente un OAL y un EPEL se fundamentarían en un posible menor peso del Consejo de Administración en el Ente, una mayor libertad a la hora de la contratación y un aspecto fundamental a nivel de control político como es la desaparición del control previo vía presupuesto público, para fiar toda la transparencia en la gestión a la aprobación por el Consejo de un mero presupuesto estimativo de ingresos y gastos y control a posteriori de los estados contables vía auditoría externa.
El camino hacia la gestión privada en empresas públicas puede acabar dando resultados diferentes a los esperados:
Diario Público, 26 de noviembre de 2011
“El expresident de Illes Balears Jaume Matas admitió ayer que las actas falsas sobre reuniones que no han existido por parte de organismos públicos constituyen “una práctica habitual” (…). La justificación de Matas pasa porque la Fundación Illesport es una entidad pública que sin embargo está “sujeta, en su modus operandi, al derecho privado””.
“La Fundación Illesport (…) así como el Instituto Balear de Turismo (…) todos esos organismos son públicos, pero los documentos que originan son privados, así que las reuniones internas son una suerte de formalismo que uno se puede saltar”.
Evidentemente, no es nuestra intención poner en cuestión ni las intenciones ni las prácticas de quienes en la actualidad ostentan las mayores responsabilidades en el Excelentísimo Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y empresas, pero sí que pedimos una reflexión sobre las consecuencias futuras de decisiones actuales.
Pasos hacia la modernidad sin necesidad de caminar hacia la gestión privada ya se han venido dando en el Organismo Autónomo Local Viviendas Municipales de Bilbao en los últimos 8 años, con una redefinición del mapa de procesos y plan estratégico en el que, como está documentado, participó activamente toda la plantilla a través de numerosos grupos de trabajo en el que las personas participaban de igual a igual, con la única diferencia entre ellas de las responsabilidades que les correspondían.
Así mismo, también están documentados los resultados en las Encuestas de Satisfacción del Público encargadas por el propio Excmo. Ayuntamiento de Bilbao (ANEXO III), con unos valores dignos de elogio, sin caer en la autocomplacencia y centrándose en todo aquello a mejorar. Y cómo no, el positivo resultado económico año tras año, con la forma jurídica de un Organismo Autónomo, sometido en todo momento al derecho administrativo.
Todos estos resultados se han conseguido con el máximo respeto y sometimiento al marco legal en el que se encuadra la gestión de un Organismo Autónomo Local lo que, lejos de constituir una limitación, ha supuesto una ventaja y una garantía de transparencia, sobre todo teniendo en cuenta que Viviendas Municipales es un instrumento activo para el desarrollo de la política de promoción de vivienda protegida por parte del Ayuntamiento de Bilbao, exigiendo muchos de sus procesos el máximo y escrupuloso respeto a un marco legal y transparente, única garantía de justicia.
Por otra parte, como trabajadoras y trabajadores del Organismo Autónomo defendemos la figura de la Relación de Puestos de Trabajo como guía de la definición de necesidades de personal y, en la misma manera, la provisión de esos puestos según la legalidad vigente de acuerdo a los principios antes mencionados de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Todas estas son reflexiones que a nosotros, como trabajadores y trabajadoras del Organismo Autónomo, nos realzan el valor de lo público en la gestión y nos empujan a defender el mantenimiento de la forma jurídica actual del Organismo Autónomo Local Viviendas Municipales de Bilbao.
Atentamente,
DELEGADOS DE PERSONAL DEL OAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO, en representación de toda la plantilla y en cumplimiento del acuerdo unánime de la Asamblea de Trabajadores celebrada el 23/11/2011.
ORGANISMO AUTONOMO LOCAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO
Ante la noticia de un posible cambio en la forma jurídica del OAL Viviendas Municipales de Bilbao los trabajadores del mismo, quienes hemos cumplido en todos los casos la legalidad vigente para el acceso a personal al servicio de la Administración Pública, manifestamos que, en caso de llevarse a cabo el citado cambio, nos acogemos al artículo 38 de los estatutos del Organismo como forma de seguir manteniendo la naturaleza de nuestros puestos de trabajo en el ámbito del derecho administrativo. El enunciado literal, como ya saben, dice lo siguiente:
Artículo 38.—Sucesión
Acordada la disolución del Organismo, el Ayuntamiento le sucederá universalmente y su patrimonio, con todos los incrementos y aportaciones que figuren en el activo, revertirá a la Corporación Municipal y se incorporará a su Inventario de Bienes.
En tal supuesto de disolución o reestructuración del Organismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores o normativa que lo sustituya, el personal empleado del mismo pasará a depender del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao como personal laboral con contrato indefinido o fijo en función de la condición que ostentara en el Organismo, con respeto en todo caso a lo establecido en la normativa reguladora de la Función Pública
La dirección del Organismo, tanto a través de su Director General como del Presidente, ha transmitido a los representantes del personal su posición de respeto a los derechos de los trabajadores y su planteamiento compartido de defensa del vigente Convenio, en cuya negociación se trabajó por equiparar todo el articulado a lo recogido en el Acuerdo Institucional Sindical del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, como mejor norma que regule las relaciones laborales en Viviendas Municipales, por lo que consideramos que el cumplimiento del citado artículo de los estatutos, con reflejo en el artículo 29 del Convenio, no debería resultar conflictivo.
En cualquier caso, aprovechando la oportunidad, quisiéramos exponer nuestra defensa de la actual forma jurídica de Viviendas Municipales.
Según se nos ha transmitido, la opción de reestructuración del OAL a Ente Público Empresarial Local viene de una reflexión de cara a unificar criterios de gestión, modernización y flexibilización en las empresas municipales.
El camino hacia EPEL (cuyo régimen jurídico se rige por el derecho privado, tomando como fuente el artículo 5 de los estatutos del Ente de reciente creación Bilbo Ekintza) de otras Sociedades Municipales que ya se desenvolvían en muchos aspectos de su gestión en ese ámbito del derecho, no lo vemos comparable al de un Organismo como Viviendas Municipales, figura sometida principalmente al derecho administrativo. De la misma manera, el acceso de los y las trabajadores/as de esas Sociedades a su puesto de trabajo puede no haber cumplido los requisitos de la Ley de Función Pública Vasca o legislación en vigor en su momento, como sí ha ocurrido en el Organismo y consideramos que por justicia y transparencia así debería continuar.
LEY 6/1989 DE FUNCIÓN PÚBLICA VASCA Artículo 25.
1. Las Administraciones Públicas Vascas seleccionarán su personal, funcionario o laboral, mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición libres, en los que se garanticen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
VER ARTÍCULO 4º CONVENIO VIVIENDAS MUNICIPALES: Vacantes, ascensos y nuevos ingresos.
Según tenemos entendido, las diferencias ente un OAL y un EPEL se fundamentarían en un posible menor peso del Consejo de Administración en el Ente, una mayor libertad a la hora de la contratación y un aspecto fundamental a nivel de control político como es la desaparición del control previo vía presupuesto público, para fiar toda la transparencia en la gestión a la aprobación por el Consejo de un mero presupuesto estimativo de ingresos y gastos y control a posteriori de los estados contables vía auditoría externa.
El camino hacia la gestión privada en empresas públicas puede acabar dando resultados diferentes a los esperados:
Diario Público, 26 de noviembre de 2011
“El expresident de Illes Balears Jaume Matas admitió ayer que las actas falsas sobre reuniones que no han existido por parte de organismos públicos constituyen “una práctica habitual” (…). La justificación de Matas pasa porque la Fundación Illesport es una entidad pública que sin embargo está “sujeta, en su modus operandi, al derecho privado””.
“La Fundación Illesport (…) así como el Instituto Balear de Turismo (…) todos esos organismos son públicos, pero los documentos que originan son privados, así que las reuniones internas son una suerte de formalismo que uno se puede saltar”.
Evidentemente, no es nuestra intención poner en cuestión ni las intenciones ni las prácticas de quienes en la actualidad ostentan las mayores responsabilidades en el Excelentísimo Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y empresas, pero sí que pedimos una reflexión sobre las consecuencias futuras de decisiones actuales.
Pasos hacia la modernidad sin necesidad de caminar hacia la gestión privada ya se han venido dando en el Organismo Autónomo Local Viviendas Municipales de Bilbao en los últimos 8 años, con una redefinición del mapa de procesos y plan estratégico en el que, como está documentado, participó activamente toda la plantilla a través de numerosos grupos de trabajo en el que las personas participaban de igual a igual, con la única diferencia entre ellas de las responsabilidades que les correspondían.
Así mismo, también están documentados los resultados en las Encuestas de Satisfacción del Público encargadas por el propio Excmo. Ayuntamiento de Bilbao (ANEXO III), con unos valores dignos de elogio, sin caer en la autocomplacencia y centrándose en todo aquello a mejorar. Y cómo no, el positivo resultado económico año tras año, con la forma jurídica de un Organismo Autónomo, sometido en todo momento al derecho administrativo.
Todos estos resultados se han conseguido con el máximo respeto y sometimiento al marco legal en el que se encuadra la gestión de un Organismo Autónomo Local lo que, lejos de constituir una limitación, ha supuesto una ventaja y una garantía de transparencia, sobre todo teniendo en cuenta que Viviendas Municipales es un instrumento activo para el desarrollo de la política de promoción de vivienda protegida por parte del Ayuntamiento de Bilbao, exigiendo muchos de sus procesos el máximo y escrupuloso respeto a un marco legal y transparente, única garantía de justicia.
Por otra parte, como trabajadoras y trabajadores del Organismo Autónomo defendemos la figura de la Relación de Puestos de Trabajo como guía de la definición de necesidades de personal y, en la misma manera, la provisión de esos puestos según la legalidad vigente de acuerdo a los principios antes mencionados de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Todas estas son reflexiones que a nosotros, como trabajadores y trabajadoras del Organismo Autónomo, nos realzan el valor de lo público en la gestión y nos empujan a defender el mantenimiento de la forma jurídica actual del Organismo Autónomo Local Viviendas Municipales de Bilbao.
Atentamente,
DELEGADOS DE PERSONAL DEL OAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO, en representación de toda la plantilla y en cumplimiento del acuerdo unánime de la Asamblea de Trabajadores celebrada el 23/11/2011.
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